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¿En qué consiste el cambio de nombre?

El nombre de este procedimiento legal es rectificación de la partida de nacimiento y consiste en cambiar nombres, apellidos o ambos.

¿Que requisitos o causales establece la ley para el cambio de nombre o apellido?

  • La ley establece 4 órdenes de causales para el cambio de nombres o apellidos:

a)Cuando los nombres o apellidos sean ridículos, risibles o menoscaben moral o materialmente al solicitante;

b) Cuando los nombres o apellidos, o ambos, no sean de origen español, (la ley autoriza traducirlos o cambiarlos).

c) En los casos de filiación no matrimonial o en que no se encuentre determinada la filiación, para agregar un apellido cuando la persona hubiera sido inscrita con uno solo o para cambiar uno de los que se hubieren impuesto al nacido, cuando fueren iguales.

d) Cuando el solicitante haya sido conocido durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios

¿Puedo ponerle el apellido de mi pareja a mi hijo/a?

Si su hijo(a) ha sido conocido (a) con el apellido de su marido por más de 5 años, no hay ningún inconveniente. Es más, una de las razones más comunes por las cuales se tramita un cambio de apellido es justamente esta, y es un motivo plausible por razones sociales.

Tiene que tener testigos que puedan dar fe de que su hijo (a) ha sido conocido (a) con el nuevo apellido por más de 5 años.

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